Autor(es): Lisamaría Santos Arroyo
Palabras clave: autoridades indígenas, criterios jurisprudenciales, derecho humano al agua, pluralismo jurídico, Pueblos indígenas
Instituto: Iarna
Año: 2024
Tipo de documento: Artículo científico
Tipo de revista: Revista indexada y revisada por pares
Nombre de revista: Clavius, Revista académica de ciencia y tecnología
Volumen: Año 2
Número: 3
Páginas: 57-68
DOI: 10.36631/CLV.2024.02.03.03
Resumen:
Guatemala es un país pluricultural, en el que habitan 25 pueblos, lo que representa un gran reto para el Estado, pues como bien refiere la Corte de Constitucionalidad (CC), esto implica transitar de un sistema jurídico monista a uno pluralista, en el que coexistan cordialmente los sistemas jurídicos que se deriven de ellos. En el caso del agua, su concepción, valoración y gestión también varía entre culturas: mientras que para algunos tiene un enfoque económico preponderante, para otros es un ser vivo sagrado con gran valor espiritual, por lo que el Estado debe reconocer y respetar este valor multidimensional. Atendiendo a ello, la tesis doctoral de la autora, cuyos avances se presentan en este artículo, tiene como objetivo identificar
las medidas que el Estado de Guatemala ha tomado para reconocer las formas de uso y gestión del agua de los pueblos indígenas dentro de sus legislaciones, administraciones
y políticas públicas. Para ello, se incluyó una investigación exploratoria de las sentencias que la CC ha emitido en la materia. De manera preliminar se observa que la CC ha reconocido la competencia de las autoridades indígenas para resolver los conflictos que se susciten en sus comunidades conforme a su propio derecho, incluyendo aquellos que se deriven de la prestación del servicio de agua, siempre y cuando se cumpla con los elementos: personal, territorial, institucional y objetivo. Asimismo, ha reconocido la competencia de dichas autoridades para defender los derechos colectivos de sus comunidades, dentro de los cuales figura el derecho humano al agua.